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Herencias

La legítima

Es la parte de la herencia que la ley reserva a determinados familiares y que el testamento no puede saltarse. En la práctica, la pregunta que de verdad trae a la gente aquí es otra: lo único que hay es un piso y no se puede partir en tres.

Que valoren el piso de la herencia →

Lo básico

Qué es y a quién protege

Es la parte que no se puede quitar sin causa

Lo que viene aquí es el <b>derecho civil común</b>, que es el que se aplica en la Comunitat Valenciana, y en concreto el caso de una herencia con hijos o descendientes. Ahí la herencia se divide en tres tercios: el de legítima estricta, que corresponde a los hijos por partes iguales; el de mejora, para favorecer a hijos o descendientes; y el de libre disposición, para quien se quiera. En otras comunidades con derecho propio las reglas cambian, y lo que manda es la vecindad civil del fallecido, no dónde esté el piso.

Por eso un testamento que deje todo a un solo hijo puede estar lesionando la legítima de los demás. Lesionada no quiere decir que cada uno sea dueño de un trozo de cada bien: quiere decir que tienen derecho a recibir su parte.

El cónyuge viudo tiene lo suyo, y en forma de usufructo

Su legítima no es propiedad, es usufructo, y la porción cambia según con quién concurra: el tercio de mejora si hay hijos o descendientes, la mitad de la herencia si concurre con ascendientes, y dos tercios si no hay ni unos ni otros. Aparte de eso puede recibir más por testamento o por las reglas de la sucesión sin testamento. Y si había separación legal o de hecho, cambia.

En la práctica, eso hace que un piso acabe siendo de los hijos y en uso del viudo, que es lo que bloquea muchas ventas. Tiene salida, y no siempre hace falta que estén todos de acuerdo: hay vías para conmutar ese usufructo.

Desheredar casi nunca funciona como la gente cree

Sólo se puede por las causas tasadas que marca la ley, hay que decirlo expresamente en el testamento y, si el desheredado lo impugna, la carga de probar la causa recae en los demás herederos. No vale «es que no me habla».

La jurisprudencia ha ido admitiendo el maltrato psicológico continuado, pero sigue siendo terreno de abogados.

Y el problema real: la casa no se parte

En la mayoría de las herencias el grueso del patrimonio es la vivienda familiar. Y cuando sois varios, no hay manera de que cada uno reciba lo suyo sin vender, sin que uno compre a los demás o sin acabar todos de copropietarios. Cuánto le toca a cada uno no es automáticamente «a partes iguales»: depende de si hubo mejora, de lo que se dejara en libre disposición, de las donaciones en vida y de lo que corresponda al cónyuge.

Acabar todos de copropietarios es lo que más bloqueos genera: así se resuelve un proindiviso.

Paso a paso

Cuando lo único que hay es un piso

Es el caso más común de todos, y tiene tres salidas limpias y una mala.

  1. Poner un valor al piso

    Es el paso que decide si hay acuerdo o pelea. Una valoración razonada y por escrito, con las operaciones de la zona delante, da una base sobre la que discutir; un número dicho de palabra por una de las partes, no. La hacemos gratis y explicando de dónde sale cada cifra. Y si el reparto está muy tenso, lo sensato es una tasación de un profesional independiente, que te decimos quién la hace.

  2. Uno se lo queda y compensa a los demás

    Es la salida más limpia si quien se lo queda puede pagar o financiar. Ojo con una distinción que cuesta dinero: no es lo mismo adjudicarlo así en la propia partición de la herencia que repartir primero y deshacer después la copropiedad que queda, que es otra operación con otro impuesto. Lo contamos en extinción de condominio, y conviene mirarlo con el asesor antes de firmar nada.

  3. O se vende y se reparte el dinero

    La más sencilla y la que suele dejar más a todos, porque el mercado paga por el piso completo y no por partes sueltas.

  4. La mala: dejarlo como está

    Seguir todos de propietarios «hasta que decidamos» es lo que convierte una herencia en un problema de años, con el IBI, la comunidad y los gastos corriendo mientras nadie cobra nada.

No somos abogados ni asesores fiscales: lo que aportamos aquí es el número que falta —cuánto vale el inmueble— y la forma de convertirlo en dinero repartible. Lo legal lo lleva el despacho con el que trabajamos, y si al final hay que vender, vendemos nosotros sin cobrar nada hasta que se firma.

Preguntas frecuentes

Lo que más nos preguntan

¿Qué parte me corresponde por ley?

En el derecho común, si eres hijo te corresponde tu parte del tercio de legítima estricta a partes iguales con tus hermanos, y puede corresponderte algo más si tu padre o tu madre usó el tercio de mejora a tu favor. Pero cuidado con una cosa importante: en España conviven varios derechos civiles y no todos funcionan igual. Lo que se aplica depende de la vecindad civil del fallecido, no de dónde esté el piso. Es lo primero que hay que comprobar y no se comprueba casi nunca.

Mi padre dejó todo a mi hermano. ¿Puedo hacer algo?

Si eres heredero forzoso, sí: la legítima no se puede dejar sin más fuera del testamento, y existen acciones para reclamarla. Lo que hay que hacer primero es ver el testamento completo, el inventario real de lo que hay y si hubo donaciones en vida, porque esas también cuentan al calcular las legítimas. Tiene plazos, así que no conviene dejarlo correr. Un despacho te dirá en una consulta si tu caso se sostiene.

¿Las donaciones en vida se descuentan?

Sí, y es una de las sorpresas más habituales, aunque no funciona como la gente cree. Hay que separar dos cosas. Una es computar: para saber cuánto vale la legítima se suma al caudal el valor de lo que se donó en vida, aunque el bien ya no esté. Eso se hace siempre, y sirve para comprobar si las legítimas quedan respetadas. Otra distinta es colacionar: traer esa donación a la partición para que el hijo que la recibió se lleve menos ahora. Eso no es automático, porque el donante puede haber dispensado de colación, y entonces no se iguala. Así que cuando alguien dice «a mi hermano ya le dieron el piso hace quince años» no es una queja de familia: es un dato que hay que llevar al abogado con la escritura de donación en la mano, porque según cómo se hiciera cambia el reparto o no lo cambia.

Somos tres hermanos y el piso vale menos que tres partes dignas

Entonces hay que elegir salida con los números delante, porque todas son legales y no dejan lo mismo. Nosotros ponemos tres escenarios por escrito: lo que cobraría cada uno vendiendo el piso entero, lo que cobraría si uno se lo queda y compensa, y una estimación del tercero, la división judicial, que es el más incierto porque no se sabe de antemano ni el precio de realización ni cuánto va a durar. Verlo en un papel no resuelve el conflicto, pero cambia la conversación.

Mi madre vive en la casa en usufructo y queremos vender

Se puede, y hay dos maneras. La limpia es que el usufructuario y los nudos propietarios vendan juntos el pleno dominio y repartan el precio; para repartirlo se suele partir de la fórmula fiscal que valora el usufructo según la edad, pero eso es una referencia y no una regla que os obligue: podéis acordar otro reparto. La otra es vender sólo la nuda propiedad, cobrando menos pero manteniendo el uso, que te contamos en nuda propiedad. Lo que no puede hacer un nudo propietario es vender la casa libre del usufructo: puede transmitir su derecho, pero el usufructo sigue encima.

¿Hay que pagar impuestos por recibir la legítima?

Hay que presentar el impuesto de sucesiones por lo que se recibe, como en cualquier herencia, aunque con las bonificaciones que correspondan puede no salir nada a pagar. Qué normativa autonómica se aplica no lo decide sólo dónde esté el piso: hay reglas de conexión y casos especiales para no residentes. Te lo contamos en el impuesto de sucesiones. Y si hay vivienda urbana, hay que revisar también la plusvalía municipal de la herencia: puede haber bonificación muy alta para hijos y cónyuge, y puede incluso no haber nada que pagar si no ha habido incremento de valor.

Esto es orientación general para que entiendas tu situación, no asesoramiento legal ni fiscal. Cada caso tiene sus particularidades: trabajamos con asesores y abogados que lo revisan contigo antes de dar ningún paso.

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