¿Cuánto voy a pagar por el piso de mis padres?
En la Comunidad Valenciana, si eres hijo o cónyuge y heredas la vivienda habitual, lo habitual es que la factura final sea muy inferior a lo que la gente espera, porque se juntan la reducción por vivienda habitual y una bonificación alta en la cuota. Lo que no se puede hacer es dar una cifra sin ver el caso: depende del valor de referencia del inmueble, de cuántos sois y de qué más hay en la herencia. Es un cálculo de un rato.
¿Y si no tengo dinero para pagarlo?
Es más común de lo que parece: heredas un piso pero no el dinero para pagar el impuesto. Hay tres caminos. Se puede pedir el aplazamiento o fraccionamiento a Hacienda. Se puede vender la vivienda para pagar con lo que salga, preparando la venta mientras se ordenan los papeles. Y, si lo que necesitas es liquidez antes de vender, te adelantamos parte del valor de la casa sin intereses. Lo que no conviene es dejar pasar el plazo.
¿Qué pasa si se me pasan los seis meses?
No se pierde la herencia, pero se encarece. Si presentas tú fuera de plazo, se aplican recargos que crecen con el tiempo. Si la Administración te reclama antes de que presentes, además del recargo puede haber sanción e intereses. Si ves que no llegas, pide la prórroga dentro de los cinco primeros meses: es un trámite sencillo y te da seis meses más.
¿La vivienda habitual tiene algún trato especial?
Sí, y es la reducción que más baja la factura. Al heredar la vivienda habitual del fallecido, cónyuge, descendientes o ascendientes pueden aplicar una reducción importante sobre su valor, con el compromiso de mantener la vivienda unos años. Si se vende antes de ese plazo, hay que devolver lo ahorrado. Es justo el punto donde conviene planificar la venta con cabeza y no por impulso.
He oído que en Valencia ya no se paga nada. ¿Es verdad?
No exactamente, aunque se le parece bastante en las herencias de padres a hijos: para descendientes, cónyuge y ascendientes la bonificación en la cuota es del 99 %, así que lo que se acaba pagando suele ser poco. Pero el impuesto existe y hay que presentarlo igual dentro de plazo. Y entre hermanos, tíos y sobrinos la factura sigue siendo seria: desde junio de 2026 tienen una bonificación del 25 % —será del 50 % desde junio de 2027—, que ayuda pero no lo deja en nada. Sin parentesco, no hay bonificación.
Esto es orientación general para que entiendas tu situación, no asesoramiento legal ni fiscal.
Cada caso tiene sus particularidades: trabajamos con asesores y abogados que lo revisan contigo
antes de dar ningún paso.