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Herencias

Impuesto de sucesiones

Es el impuesto que más asusta y el que peor se entiende. La cifra que circula por el barrio casi nunca se parece a la que acaba pagando una familia normal por el piso de sus padres.

Que me lo calculen →

Lo que hay que saber

Cuatro cosas antes de agobiarse

Lo paga quien hereda, no la herencia

Cada heredero paga por lo que recibe. Dos hermanos que heredan a medias el mismo piso pagan cada uno por su mitad, y pueden pagar cantidades distintas si su situación personal es distinta.

Por eso no existe «lo que se paga por una casa»: existe lo que paga cada uno.

El parentesco lo cambia todo

Hijos, padres y cónyuge están en el grupo mejor tratado, con una bonificación del 99 % en la cuota. Hermanos, tíos y sobrinos pagan bastante más, aunque desde junio de 2026 tienen una bonificación del 25 % que antes no existía (el 50 % desde junio de 2027). Y alguien sin parentesco puede pagar varias veces esa cantidad por el mismo piso.

Es el primer dato que hay que poner encima de la mesa.

Seis meses, y la prórroga se pide antes del quinto

El plazo para presentarlo son seis meses desde el fallecimiento. Se puede pedir una prórroga de seis más, pero sólo dentro de los cinco primeros. Pasado el plazo sin presentar, entran recargos y, si reclama Hacienda antes que tú, sanción.

Es el error que más dinero cuesta, y es sólo una fecha.

La vivienda hay que valorarla bien

La base del impuesto es el valor de referencia de Catastro, no lo que pone en la escritura antigua. Declarar menos de la cuenta sale caro: Hacienda lo comprueba y gira una paralela con intereses.

Y ese mismo valor te marcará la ganancia el día que vendas.

Paso a paso

Cómo se calcula, en cristiano

Sin fórmulas: el orden en que se hacen las cosas.

  1. Se suma lo que hay

    Vivienda, cuentas, coche, seguros de vida. Es la masa hereditaria.

  2. Se restan deudas y gastos

    Lo que debía el fallecido, el entierro y algunos gastos.

  3. Se reparte entre los herederos

    Cada uno declara su parte, según el testamento o la ley.

  4. Se aplican las reducciones

    Por parentesco, por edad, por discapacidad y, muy importante, la de vivienda habitual si se mantiene unos años.

  5. Sale la cuota y se bonifica

    Aquí es donde la Comunidad Valenciana recorta mucho para hijos, padres y cónyuge. De ahí sale lo que de verdad se paga.

Dos herencias con el mismo piso pueden pagar cantidades muy distintas. Por eso no te fíes de lo que le pasó al vecino: que te lo calculen con tus números.

Preguntas frecuentes

Lo que más nos preguntan

¿Cuánto voy a pagar por el piso de mis padres?

En la Comunidad Valenciana, si eres hijo o cónyuge y heredas la vivienda habitual, lo habitual es que la factura final sea muy inferior a lo que la gente espera, porque se juntan la reducción por vivienda habitual y una bonificación alta en la cuota. Lo que no se puede hacer es dar una cifra sin ver el caso: depende del valor de referencia del inmueble, de cuántos sois y de qué más hay en la herencia. Es un cálculo de un rato.

¿Y si no tengo dinero para pagarlo?

Es más común de lo que parece: heredas un piso pero no el dinero para pagar el impuesto. Hay tres caminos. Se puede pedir el aplazamiento o fraccionamiento a Hacienda. Se puede vender la vivienda para pagar con lo que salga, preparando la venta mientras se ordenan los papeles. Y, si lo que necesitas es liquidez antes de vender, te adelantamos parte del valor de la casa sin intereses. Lo que no conviene es dejar pasar el plazo.

¿Qué pasa si se me pasan los seis meses?

No se pierde la herencia, pero se encarece. Si presentas tú fuera de plazo, se aplican recargos que crecen con el tiempo. Si la Administración te reclama antes de que presentes, además del recargo puede haber sanción e intereses. Si ves que no llegas, pide la prórroga dentro de los cinco primeros meses: es un trámite sencillo y te da seis meses más.

¿La vivienda habitual tiene algún trato especial?

Sí, y es la reducción que más baja la factura. Al heredar la vivienda habitual del fallecido, cónyuge, descendientes o ascendientes pueden aplicar una reducción importante sobre su valor, con el compromiso de mantener la vivienda unos años. Si se vende antes de ese plazo, hay que devolver lo ahorrado. Es justo el punto donde conviene planificar la venta con cabeza y no por impulso.

He oído que en Valencia ya no se paga nada. ¿Es verdad?

No exactamente, aunque se le parece bastante en las herencias de padres a hijos: para descendientes, cónyuge y ascendientes la bonificación en la cuota es del 99 %, así que lo que se acaba pagando suele ser poco. Pero el impuesto existe y hay que presentarlo igual dentro de plazo. Y entre hermanos, tíos y sobrinos la factura sigue siendo seria: desde junio de 2026 tienen una bonificación del 25 % —será del 50 % desde junio de 2027—, que ayuda pero no lo deja en nada. Sin parentesco, no hay bonificación.

Esto es orientación general para que entiendas tu situación, no asesoramiento legal ni fiscal. Cada caso tiene sus particularidades: trabajamos con asesores y abogados que lo revisan contigo antes de dar ningún paso.

Sin compromiso

Que te lo calculen con tus números

Dinos el parentesco, dónde está el piso y cuántos sois. Te ponemos en contacto con el asesor que lo calcula y te decimos qué vale la vivienda, que es la otra mitad de la cuenta.

¿Cuánto vale la vivienda? →

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