¿Me pueden impedir vender si no la tengo?
Hay que separar dos cosas. Una es qué obligaciones de documentación e información tiene quien vende, que las hay y conviene que las revise tu asesor según tu caso. Y otra es lo que pasa en la práctica, que es más prosaico: el comprador o su banco la piden, o el comprador se encuentra con que no puede contratar los suministros. El resultado es que la operación se retrasa o se cae. Por eso la resolvemos antes de sacar la vivienda al mercado, en lugar de discutir si era exigible o no.
¿Cuánto cuesta y cuánto tarda?
Depende del ayuntamiento: hay tasa municipal y, en la mayoría de los casos, honorarios del técnico que firma el certificado. Los plazos también varían, y por declaración responsable se puede empezar antes, aunque conviene saber que presentarla no es lo mismo que tener una aprobación cerrada: la administración puede comprobarlo después y pedir subsanaciones. Pide el dato concreto en tu ayuntamiento: cualquier cifra general que leas en internet puede no tener nada que ver con tu caso.
Mi vivienda es muy antigua. ¿Puede dar problemas?
Puede, y conviene saberlo antes. Algunas viviendas antiguas no cumplen requisitos actuales de superficie, altura o ventilación, y entonces hay que ver qué permite la normativa para edificaciones existentes. También aparecen casos de obras hechas en su día sin licencia, que es otro asunto que se debe destapar antes de poner la casa a la venta, no durante.
¿Y si la vivienda es una casa de campo o está en suelo rústico?
Ahí la conversación es otra y bastante más seria, y hay que mirar tres planos distintos que la gente confunde: lo que dice el Registro (si hay declaración de obra nueva inscrita), lo que dice el planeamiento del municipio (si es legal, si está fuera de ordenación) y si la vivienda puede ocuparse. Estar inscrita en el Registro no acredita por sí sola que sea legal urbanísticamente. Son las operaciones en las que más veces se complica la financiación del comprador. Si tu caso es éste, dilo en la primera llamada: cambia todo el planteamiento de la venta.
¿Hace falta también para alquilar?
Para destinar una vivienda al alquiler hay que mirar que reúna las condiciones exigibles, y además está la parte práctica: para dar de alta los suministros a nombre del inquilino suele pedirse, y es la situación con la que la gente se topa. Si vas a alquilar, tenerlo resuelto evita empezar la relación discutiendo por la luz.
Esto es orientación general para que entiendas tu situación, no asesoramiento legal ni fiscal.
Cada caso tiene sus particularidades: trabajamos con asesores y abogados que lo revisan contigo
antes de dar ningún paso.